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El TS ordena que en la Diputación de Gipuzkoa ondee la bandera española

EFE - Miércoles, 18 de Noviembre de 2009 - Actualizado a las 14:19h.

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DONOSTIA. El Tribunal Supremo (TS) ha desestimado el recurso presentado por la Diputación de Gipuzkoa contra la colocación de la bandera española en la fachada de esta institución y ha ordenado que la enseña nacional ondee todos los días en el exterior del edificio y en un lugar preferente.

Según la sentencia dictada por la sección sexta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, dada a conocer hoy, la institución foral guipuzcoana presentó un recurso de casación en contra de la sentencia dictada el 30 de septiembre de 2005 por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el que argumentaba que no estaba acreditado que la bandera no ondeara en la sede de la Diputación.

Sin embargo, el alto tribunal recuerda que la Diputación "tiene la obligación legal de respetar y aplicar la Ley de Banderas" y que el "silencio" ante el primer requerimiento judicial y los argumentos en los que fundamenta su recurso, en el que "no se niegan de forma contundente los hechos", le llevan a concluir que la bandera no se exhibe en el edificio.

La Diputación también expresa sus dudas sobre su obligación legal de exhibir dicha enseña, pero el Tribunal Supremo aclara que la legislación establece que "la bandera de España deberá ondear en el exterior y ocupar el lugar preferente en el interior de todos los edificios y establecimientos de la Administración central, institucional, autonómica, provincial o insular y municipal del Estado".

Precisa además que debe ondear "todos los días" como símbolo de que los edificios públicos son lugares "donde se ejerce directa o delegadamente la soberanía" y que por ello tiene que ser exhibida "con carácter de permanencia, no de coyuntura, no de excepcionalidad, sino de generalidad y en todo momento".

También recuerda que, cuando concurra con otras banderas, la española tiene que ocupar un "lugar destacado, visible, de honor y preeminente respecto de las otras", y en el centro cuando el número de banderas sea impar y en la posición central izquierda si es par.

Hoy, cuando se ha difundido esta sentencia, ninguna bandera ondeaba en la fachada de la Diputación guipuzcoana y fuentes forales han asegurado a Efe que normalmente no se exhibe ninguna bandera en este lugar, algo que sólo ocurre en determinadas ocasiones.

 

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