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nueva Ordenanza del Espacio Público

El Ayuntamiento de Bilbao prohíbe las prácticas sexuales "incívicas" en la calle

EUROPA PRESS - Miércoles, 31 de Marzo de 2010 - Actualizado a las 16:14h

Los vecinos de Miribilla han denunciado desde hace  dos años la práctica de prostitución cerca de la plaza Saralegi y los problemas que originaba.

Los vecinos de Miribilla han denunciado desde hace dos años la práctica de prostitución cerca de la plaza Saralegi y los problemas que originaba. (Zigor Alkorta)

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Contempla multas de hasta 750 euros por infracciones leves, de hasta  1.500 euros por graves y de 3.000 euros por muy graves

BILBAO. El Ayuntamiento de Bilbao ha aprobado la nueva Ordenanza del  Espacio Público que permitirá regular y compatibilizar todos los usos  públicos de la vía pública y prohíbe, entre otros aspectos, las  prácticas sexuales incívicas en la calle. Entrará en vigor en el  último trimestre de este año.

La nueva ordenanza reúne en un sólo texto diversos aspectos  normativos relacionados con el uso del espacio público, hasta ahora  dispersos en distintas ordenanzas municipales, y contribuye a superar  el vacío normativo existente respecto a determinados usos molestos o  incívicos del espacio público. 

Esta no se limita a refundir textos vigentes, sino que introduce  ciertas modificaciones orientadas a concretar el régimen jurídico y  sancionador de determinas prácticas relacionadas con la limpieza,  circulación, venta ambulante, botellón, terrazas y veladores, entre  otros aspectos.

Así, en rueda de prensa ofrecida esta mañana en Bilbao, el  director de la Oficina de Uso Público, Tomás del Hierro, y el  subdirector de la Oficina de Uso de Espacio Público, Javier  Aguirrezabal, presentaron la nueva ordenanza, que según ambos  indicaron, "supone una apuesta por la información y la  sensibilización ciudadana para lograr un mayor nivel de civismo y un  espacio público de calidad".

La nueva ordenanza, para cuya redacción se ha analizado la  normativa existente sobre esta materia en otros municipios vascos y  estatales como Donostia, Gasteiz, Madrid, Barcelona, Valencia,  Sevilla, Málaga, Alicante, Zaragoza, Palma de Mallorca, Valladolid,  La Coruña, Oviedo, Gijón y Salamanca, está redactada de "forma clara  y sencilla", apuntó Del Hierro.

En este sentido, Del Hierro explicó que "el objetivo" de la misma  "es lograr la más perfecta armonización y concurrencia de todos los  usos posibles de la vía pública y establecer ciertas determinaciones  normativas orientadas a fomentar el civismo, lograr un espacio  público de calidad e impedir que la falta de regulación sea utilizada  como paraguas para comportamientos inadecuados".

Así, varios de esos usos indebidos cuentan ya con regulación  municipal en materias como botellón, música callejera, actuaciones  artistas, prácticas de juegos, y supramunicipal en el tránsito por  vías peatonales, pero hay otros que carecían de regulación hasta la  fecha como el ofrecimiento y demanda de servicios sexuales.

De esta manera, la ordenanza cataloga como prácticas sexuales  incívicas "todas aquellas que atentan contra la convivencia ciudadana  al desconsiderar al resto de la ciudadanía mediante la exhibición  pública de actos de marcado carácter íntimo y personal, todas  aquellas prácticas o actos en las que el sexo esté explicitado y sea  pública y notoria su realización, de forma y manera que resulte  imposible no advertirlo o evitarlo por parte de la generalidad de la  ciudadanía".

Por otro lado, la Ordenanza del Espacio Público recoge el Régimen  de Infracciones y Sanciones y las peculiaridades del procedimiento  sancionador que habrá que poner en marcha en caso de infracción de la  ordenanza, con multas de hasta 750 en caso de sanciones por  infracciones leves, hasta 1.500 euros si se trata de infracciones  graves y hasta 3.000 euros para las infracciones muy graves.

BOTELLÓN

En cuanto al botellón, la nueva ordenanza no modifica ningún  punto. Sin embargo, este aspecto, que antes estaba regulado por la  ordenanza de Seguridad Ciudadana, se traslada a esta nueva  ordenanza.

Además, la ordenanza regula también aspectos relacionados con  actuaciones artísticas como música callejera y mimos, o señalización  de obras. Así mismo, también regula aspectos relacionados con la  celebración de grandes eventos culturales, deportivos, de ocio, y  similares.

En este sentido, quedan regulados aspectos que hacen referencia a  la instalación de terrazas de hostelería, venta ambulante, extensión  de establecimientos comerciales, máquinas recreativas y de venta  automática, quioscos de hostelería, de ONCE, cabinas telefónicas y  buzones. Por último, regulará aspectos referidos a la señalización y  vinculados a la explotación publicitaria.

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