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caso Gürtel

El Tribunal Superior de Madrid devuelve la investigación a la AN por pérdida de competencia

EP - Miércoles, 8 de Junio de 2011 - Actualizado a las 14:39h

Francisco Correa, principal imputado en el 'caso Gürtel'.

Francisco Correa, principal imputado en el 'caso Gürtel'. (EFE)

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Sustenta la decisión en los delitos de blanqueo de capitales  cometidos en el extranjero

MADRID. La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de  Madrid (TSJM) se ha inhibido a favor de la Audiencia Nacional en la  investigación del 'caso Gürtel' ante la ausencia de aforados entre  los imputados, lo que produce una "pérdida sobrevenida de  competencia".

La decisión ha sido tomada esta misma mañana tras reunirse los  magistrados que componen la Sala de lo Civil y Penal del Alto  Tribunal madrileño para deliberar sobre las alegaciones presentadas  por las distintas partes sobre su posición en esta cuestión. La  resolución no es firme, puesto que cabe recurso de casación por  infracción de ley. 

En un auto dictado esta mañana, la Sala acuerda devolver la causa  al Juzgado Central de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional  ante la "pérdida sobrevenida de competencia" al perder la condición  de aforados los ex diputados de la Asamblea de Madrid Alberto López  Viejo, Alfonso Bosch y Benjamín Martín Vasco.

El ex juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón impulsó el  procedimiento, que saltó a la luz con una operación desarrollada el 9  de febrero de 2009. Tres días después, los cabecillas Francisco  Correa, el ex secretario de Organización del PP gallego Pablo Crespo  y Antoine Sánchez, primo y testaferro de Correa, ingresaron en la  prisión de Soto del Real. Garzón se inhibió en marzo de 2009 de la  investigación al apreciar indicios contra tres diputados madrileños  aforados por su condición de parlamentarios. 

Ahora, los magistrados sustentan la devolución de la causa a la  Audiencia Nacional en los delitos de blanqueo de capitales cometidos  en el extranjero por parte de los imputados en el procedimiento, una  investigación que compete a la Audiencia Nacional.

"La decisión natural de esta sala debe ser la devolución de la  causa al mismo juzgado que inicialmente asumió el conocimiento de la  causa, que debe recuperar la competencia una vez desaparecen las  circunstancias excepcionales determinantes del aforamiento de alguno  de los imputados", señala la Sala.

Asimismo, precisa que "sólo si en la instrucción de la causa se  hubiera dictado alguna resolución definitiva que excluyera la  continuación del enjuiciamiento sobre alguno de los hechos  inicialmente investigados o sobre alguna de las personas  originarimamente imputadas", podría el TSJM acordar la remisión de  las actuaciones a otro órgano judicial.

"Pero ninguna resolución definitiva de las dictadas por esta Sala  o por el magistrado instructor permiten excluir con claridad la  competencia inicialmente asumida por el juzgado central de  Instrucción número", recalcan los magistrados.

DELITOS DE BLANQUEO EN EL EXTRANJERO

Asimismo, menciona que la jurisprudencia del Tribunal Supremo  atribuye a la Audiencia Nacional la investigación de "episodios de  blanqueo que tuvieran lugar fuera del territorio español", así como  de delitos conexos.

Por ello, reseña que precisamente "uno de los objetos de esta  investigación es la realización de operaciones de interposición de  sociedades constituidas en varios países, y la apertura de cuentas  bancarias en el extranjero mediante las que supuestamente trató de  ocultarse el verdadero origen y propiedad de bienes de alguno de los  imputados".  

En una providencia dictada el pasado 27 de mayo, a la que tuvo  acceso Europa Press, la Sala señalaba para este miércoles la  deliberación de los recursos presentados por las defensas de varios  de los acusados en las que se pronuncian sobre el órgano judicial al  que se deben remitir las actuaciones.

Las alegaciones se producen después de que la Fiscalía diera  traslado a las partes personadas de un escrito en el que solicitaba  que se remita la investigación al Juzgado Central de Instrucción  número 5 de la Audiencia Nacional, puesto que los delitos que se  investigan son competentes de esta sede judicial.


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