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"daño moral más otros gastos"

Vodafone, condenada a pagar 125 euros por las molestias para darse de baja

EFE - Viernes, 10 de Febrero de 2012 - Actualizado a las 18:14h

Una hombre hablando por teléfono móvil por la calle.

Una hombre hablando por teléfono móvil por la calle. (Oskar Montero)

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Un juzgado de Sevilla ha condenado a la compañía de telefonía Vodafone a indemnizar con 125 euros a una cliente por las molestias derivadas de los cobros indebidos y las numerosas llamadas que tuvo que hacer hasta que consiguió darse de baja.

SEVILLA.  Una sentencia del juzgado de primera instancia 18, a la que ha tenido acceso Efe, explica que la demandante contrató una línea de datos denominada "Internet contigo ilimitado" con la promoción de que no pagaría nada durante un año, pero en ningún momento se le activó la oferta y, en cambio, desde el primer momento le cobraron los recibos.

La usuaria tuvo que llamar al departamento de bajas e interpuso innumerables reclamaciones, pese a lo cual Vodafone siguió cobrando las mensualidades hasta un total de tres.

Finalmente, la usuaria canceló la orden de pago y se cambió de operadora mediante el sistema de portabilidad, con la consiguiente pérdida de tiempo y dinero pues tuvo que comprar un nuevo teléfono, ha explicado a Efe su abogado, Pedro Arnáiz.

Por ello, el juez concluye que el "incumplimiento contractual" por parte de Vodafone "debió provocar lógicamente una molestia y un desasosiego a la demandante, la cual además se ha visto obligada a acudir a los tribunales ante la falta de respuesta".

La sentencia recuerda que para valorar el daño moral no es necesaria "puntual prueba o exigente demostración", pero añade que en este caso la usuaria aportó los faxes que tuvo que enviar exponiendo "los problemas padecidos", pese a lo cual le siguieron cobrando las mensualidades, hasta que finalmente tuvo que abonar 19 euros para contratar los servicios de otra operadora.

 Vodafone no compareció en el juicio celebrado el pasado 30 de enero, por lo que el juez le declara en rebeldía en una sentencia contra la que no cabe recurso.

  En total, la empresa de telefonía es condenada a pagar los 125 euros por daño moral más otros gastos, hasta totalizar 195,05 euros.

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