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Juan Luis Ibarra vaticina que Estrasburgo confirmará el fallo sobre la 'doctrina Parot'

Según el presidente del TSJPV, las revisiones de la Gran Sala son mínimas

E. PRESS - Martes, 11 de Septiembre de 2012 - Actualizado a las 05:37h

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Juan Luis Ibarra, presidente del TSJPV.

Juan Luis Ibarra, presidente del TSJPV. (Foto: Alex Larretxi)

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Juan Luis Ibarra Presidente del TSJPV

Bilbao. El presidente del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV), Juan Luis Ibarra, considera que la Gran Sala del Tribunal europeo de Derechos Humanos confirmará la resolución emitida este verano por este tribunal en relación a la denomina doctrina Parot. En este sentido, recordó que es mínimo el porcentaje de decisiones revisadas por este organismo.

En una entrevista concedida a Radio Euskadi, Ibarra se refirió al recurso presentado por el Gobierno español contra la resolución del Tribunal Europeo de Derechos Humanos contraria a la aplicación de la doctrina Parot a la presa de ETA Inés del Río y aseguró que, en su opinión, la Gran Sala confirmará la decisión de que "el criterio de aplicación de penas es contrario al principio de legalidad penal". En este sentido, recordó que el porcentaje de asuntos que revisa la Gran Sala respecto a las decisiones del tribunal ordinario es "mínimo". Además, indicó que, en este caso, "la sala está aplicando criterios que ya tenía establecidos el Tribunal europeo de Derechos Humanos".

El debate, según manifestó el presidente del Tribunal Superior del País Vasco, es si "esto tiene que ver con la legalidad de la pena o tiene que ver con el régimen de ejecución de la pena". "El Tribunal de Derechos Humanos dice que tiene que ver con la legalidad de la pena y, por lo tanto, una vez establecido el criterio por el tribunal sentenciador, la administración penitenciaria no puede modificarlo", manifestó. Según apuntó, "es un debate que va a llevar a que los criterios que se aplicaban hasta 1995, revisados, van a ser los que en el futuro probablemente se van a aplicar".

Preguntado sobre la necesidad de que la Justicia se adapte al tiempo abierto tras el cese de la violencia por parte de ETA, insistió en que la Justicia y Poder Judicial tienen que adaptarse a las leyes, sin más". "Estamos muy adaptados a aplicar la legislación vigente", señaló Ibarra, que recordó, en relación a la polémica suscitada por las últimas convocatorias de manifestaciones, que no ha habido "ninguna modificación" en los últimos años en relación al derecho de reunión y manifestación. En esta línea, subrayó que "no tenemos que adaptarnos", sino buscar "la satisfacción del valor de la justicia en los casos concretos", lo que no supone "cumplir con un poder que da la Constitución y que cotidianamente ejercemos".

Asimismo, rechazó que se den decisiones contradictorias "con frecuencia", porque "lo que mediáticamente son casos similares, jurídicamente a veces no lo son". En cualquier caso, aseguró que "la seguridad jurídica debe garantizar que en casos que sean iguales, las respuestas sean también iguales".

Uribetxebarria En relación a la situación del preso de ETA Josu Uribetxebarria, el presidente del TSJPV aseguró que se trata de "un problema de una cierta complejidad social y también que tiene que ver con la preservación de víctimas y revictimización", si bien precisó que, "en términos jurídicos, la pregunta es mucho más sencilla: si la enfermedad que aqueja al penado es grave e incurable y si la estancia en prisión agrava, en definitiva, el desarrollo de la enfermedad".

En caso de que los dictámenes médicos sean contradictorios aseguró que se deberían utilizar criterios de "sentido común" y ver si "lo que hay en común en esos dictámenes es que el enfermo padece una enfermedad grave e incurable, de muy mal pronóstico y que el promedio de previsión de supervivencia oscila entre 6 y 12 meses". "Si esa es la conclusión que extraigo, el Código Penal y el Reglamento Penitenciario dicen que, si la Administración Penitenciaria lo ha clasificado en tercer grado, es porque ya ha hecho un análisis del pronóstico de reinserción social", apostilló.

Juan Luis Ibarra quiso dejar claro que el régimen penitenciario está basado en el criterio de que, "aunque usted ha delinquido cosificando a la víctima, nosotros, el Estado de Derecho, vamos a tratarle desde un principio de común humanidad, es decir, vamos a considerarle persona humana hasta el final, una persona humana que tiene una enfermedad incurable, un pronóstico irreversible, tiene derecho a una muerte digna a pesar de su actividad. Y, sobre todo, las cárceles no están para eso".

Sin embargo, el magistrado precisó que, de cualquier modo, Uribetxebarria -condenado por el secuestro de Ortega Lara- "no queda en libertad, queda en libertad condicional, sujeta a condiciones muy estrictas que pueden ser revocadas si las rompe".

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