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endurecimiento de las penas

Los culpables de incendios forestales podrán cumplir hasta 9 años de cárcel

EP - Viernes, 14 de Septiembre de 2012 - Actualizado a las 17:11h

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El incendio forestal declarado  en Sierra Negra, en el paraje Cerro Alaminos, dentro del municipio malagueño de Coín.

El incendio forestal declarado en Sierra Negra, en el paraje Cerro Alaminos, dentro del municipio malagueño de Coín. (Efe)

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La reforma del Código Penal anunciada este viernes por el ministro  de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, contempla un endurecimiento de  las penas para los autores de incendios forestales, que podrán llegar  a cumplir hasta nueve años de cárcel en función de la época del año,  la climatología reinante y el tipo de área afectada.

MADRID.  En concreto, frente a una pena prevista actualmente que oscila  entre los 3 y los cinco años, los autores de incendios forestales que  se consideren especialmente graves se enfrentarán a una pena de hasta  seis años de cárcel, conforme recoge el informe del anteproyecto de  reforma que el ministro ha presentado ante el Consejo de Ministros. 

Cuando los incendios afecten a espacios naturales protegidos se  castigarán del mismo modo que los delitos contra el medioambiente, lo  que significa que sus autores podrán ser castigados con la pena  superior en grado, que en este caso supone nueve años de prisión. 

En este sentido, se considerará agravante que el incendio afecte a  zonas próximas a poblaciones o lugares habitados y a zonas forestales  que constituyan el hábitat de especies animales en peligro de  extinción o de flora amenazada, o que alteren significativamente las  condiciones de vida animal o vegetal. 

En la misma línea, agravará el delito el hecho de que el incendio  se haya provocado "en un momento en el que las condiciones  climatológicas o del terreno incrementen de forma relevante el riesgo  de propagación del fuego". No obstante, se podrá imponer al  responsable actuaciones orientadas a reparar el daño causado y se  considerarán como atenuante. 

Asimismo, Gallardón ha anunciado que modificará la Ley del Jurado  para que estos delitos dejen de ser enjuiciados por tribunales  populares, por entender que deben ser competencia de jueces  profesionales. 

LUCHA CONTRA EL RACISMO 

Por otra parte, la reforma del Código Penal implicará la  transposición al ordenamiento jurídico español de varias directivas  europeas de lucha contra el racismo y la xenofobia, que tipifican la  negación del genocidio cuando que incite al odio contra las minorías;  de lucha contra los abusos y explotación sexual de los menores y  pornografía infantil, que delimita la pornografía infantil punible e  incluye los montajes fotográficos con menores; y de lucha contra la  trata de seres humanos. 

Según el informe, atendiendo a las recomendaciones del Comité de  Seguimiento de la Convención Internacional sobre los Derechos de las  Personas con Discapacidad, aprobada por Naciones Unidas en diciembre  de  2006 y ratificada por España en abril de 2008, se reconduce a la  vía civil el tratamiento de la esterilización de las personas  discapacitadas, como venía reclamando el colectivo.

En concreto, "la despenalización de la esterilización de las  personas que carezcan de aptitud para dar su consentimiento se  realizará bajo autorización penal y en un proceso con las máximas  garantías", conforme establece el documento presentado por  Gallardón.

Del mismo modo, se ajustará la terminología del Código Penal, de  manera que se sustituirán los términos "incapaz" y "minusvalía" por  los de "discapacidad" o "persona discapacitada necesitada de especial  atención".

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