Según recordaron hoy fuentes de dicha asociación, en la actualidad no existe obligación de cotización a la Seguridad Social por las actividades domésticas inferiores a veinte horas semanales. Además, en el caso de que la trabajadora sume ese tiempo en distintos domicilios, ella es la que está obligada a darse de alta en la Seguridad Social.
La Asociación vizcaína abogó por que se cotice "desde la primera hora trabajada" y por que se efectúe la distribución de "cargas" como se hace en el resto de sectores.
"En el régimen general -indicaron las mismas fuentes-, la carga se distribuye a razón de 5/6 para la empresa y 1/6 para la parte trabajadora. Si se cotiza para todas las contingencias, accidentes laborales, desempleo y Fondo de Garantía Salarial, la empresa paga en torno al 33 por ciento y la trabajadora el 6,35 por ciento", señaló.
La Asociación de Trabajadoras de Hogar de Bizkaia demandó también que la Inspección de Trabajo controle el cumplimiento de la obligación de alta en la Seguridad Social.
Reclamó, asimismo, que se dé de alta en la Seguridad Social a quienes estén trabajando y señaló que para ello "tiene que cambiar la Ley de Extranjería".
La Asociación vizcaína reivindicó, igualmente, que el colectivo reciba formación en riesgos laborales y que se establezcan obligaciones concretas en cuestiones como las condiciones de alojamiento de las trabajadoras.