El Gobierno Vasco, que informó hoy de este fallo, explicó que el Servicio Vasco de atención a homosexuales y transexuales, Berdindu, presentó una demanda judicial en la que exigía el pleno reconocimiento jurídico de la nueva identidad sexual de un transexual puesto que "se siente como hombre", a pesar de que aún no se ha sometido a la intervención quirúrgica de cambio de sexo. Destaca que el Juzgado de Barakaldo que llevó el caso rechazó las tesis del Ministerio Fiscal, que exigía la dotación de órganos sexuales semejantes a los correspondientes al sexo masculino para posibilitar ese cambio en el registro y atendió las tesis del letrado de Berdindu reconociendo el derecho de la persona transexual a cambiarse el nombre y la mención a su sexo, "a todos los efectos jurídicos".
Así, valora el Ejecutivo, dicha resolución "se adelanta a la promulgación de la próxima Ley reguladora de la rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas". La juez, en su resolución de 29/1/07, que es firme por no haber sido recurrida por el Ministerio Público, señala que "la ausencia de pene no debe privar a la actora de ser un hombre cuando su comportamiento, actitud y signos externos e internos demuestran lo contrario".
A su entender, "lo relevante es que la parte actora ya ha iniciado un proceso irreversible de asignación sexual, realizado de forma reflexiva y para aliviar el sufrimiento de su trastorno". La sentencia se hace eco de la doctrina del Tribunal Supremo, según la cual la modificación de los caracteres sexuales externos y la rectificación registral del nombre y del sexo se fundamenta en el papel predominante del sexo psicológico sobre el biológico.
Por ello, concluye que "la demandante se siente hombre desde un punto de vista psicológico" y "lo verdaderamente importante -en estos casos- es una plena acreditación de que el interesado se siente psicológicamente perteneciente al sexo distinto al que le corresponde biológicamente".
Además, cree probada "la seriedad en la petición" dado que la persona "se ha sometido a tratamientos hormonales e intervenciones quirúrgicas de extirpación de útero y ovarios, además de una ablación mamaria, quedando solo pendiente la dotación de un órgano similar al que corresponde al sexo masculino".
La sentencia permite así al transexual cambiar sus datos del registro y "evitar así prolongar innecesariamente el sufrimiento de una persona que, como consecuencia de la discordancia entre lo real y lo registral, en cada acto que exija una identificación".