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19-03-2008 13:39 horas (CET)
Euskadi contará con un Colegio de Terapeutas ocupacionales ante la creciente importancia" de la terapia ocupacional
Euskadi contará próximamente con un Colegio de Terapeutas ocupacionales ante la creciente importancia" de la terapia ocupacional en la sociedad actual y la necesidad de garantizar y velar por el "adecuado control y desarrollo de esta profesión".
Europa Press Gasteiz
Esta iniciativa, aprobada por Consejo de Gobierno a iniciativa del consejero de Justicia, Empleo y Seguridad Social, pretende que esta organización colegial sirva "eficazmente" a los intereses profesionales de las personas colegiadas.

La Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias, regula la Terapia Ocupacional como profesión sanitaria titulada cuya función específica es la aplicación de técnicas y la realización de actividades que tiendan a potenciar o suplir funciones físicas o psíquicas disminuidas o perdidas, y a orientar y estimular el desarrollo de tales funciones.

En el Colegio de Terapeutas Ocupacionales del País Vasco se podrán integrar los profesionales que hayan obtenido el título de Diplomado Universitario en Terapia Ocupacional de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 1420/1990, de 26 de octubre.

También podrán formar parte del Colegios quienes ostenten titulación universitaria oficial equivalente a la anterior, reconocida u homologada por la Autoridad competente o quienes tengan el título de Terapeuta Ocupacional expedido por la Escuela Nacional de Sanidad y hayan obtenido la homologación o declaración de equivalencia al de Diplomado Universitario en Terapia Ocupacional.

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