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Otro abrazo de Vergara
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José Luis Orella Unzué
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Espartero quería dejar pasar el tiempo, nunca pretendió resolver el tema de los fueros
El discurso de Zapatero tras su no democrática victoria en el Congreso es de menos calado que el de Espartero
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El discurso de Rodríguez Zapatero en la Cámara Baja de las Cortes de España tras la presentación del Proyecto de modificación del Estatuto de Gernika por el lehendakari Ibarretxe, se asemeja al discurso de Espartero ante el derrotado Maroto. Ambos a dos generales eran los representantes de los ejércitos enfrentados en una guerra civil. Ambos se dieron un abrazo representado pictóricamente en multitud de cuadros. Ambos firmaron en Oñate el 29 de agosto de 1839 un tratado de paz para ratificarlo en Vergara dos días después.
Con este tratado terminaba la primera guerra carlista. Espartero se comprometía a recomendar a las Cortes la conservación de los fueros y a reconocer los grados, empleos y sueldos de los militares carlistas vencidos. Con este abrazo se pretendía pacificar a los derrotados carlistas vascos y navarros, a los campesinos de la montaña catalana y de los montes de Toledo, a los foreros gallegos y a los aparceros valencianos. Se pretendía igualmente no dejar enemigos militares derrotados a la espalda.
La victoria militar en este caso no hacía sino ratificar la anterior victoria legal y constitucional del 6 de septiembre de 1837. Esta ley que suprimía los fueros se había ahora consumado por medio de las armas. Dos flancos que siempre van conjuntos el de la legalidad y el de las armas.
Tácticamente Espartero dejaba en suspenso la cuestión de los fueros y se convertía en el general victorioso y pacificador por excelencia, a la vez que en el adalid del régimen constitucional. Se prometía a los vencidos en la guerra, para un futuro y para cuando callaran las armas, una modificación de una ley ya promulgada y un arreglo constitucional con respecto a los fueros.
Las nuevas elecciones legislativas del verano de 1839 dieron el triunfo a los progresistas. La ley del 25 de octubre de 1839 en su artículo primero confirmaba los fueros de las Provincias Vascongadas y Navarra sin perjuicio de la unidad constitucional de la Monarquía.
Y comienzo la comparación entre Espartero y Rodríguez Zapatero en este preciso momento histórico en que todo lo controlaba Espartero porque la disposición derogatoria segunda de nuestra Constitución de 1978 dice textualmente: ‘‘En tanto en cuanto pudiera conservar alguna vigencia, se considera definitivamente derogada la Ley de 25 de octubre de 1839 en lo que pudiera afectar a las provincias de Álava, Guipúzcoa y Vizcaya’’.
El discurso de Espartero quería tomar aliento y dejar pasar el tiempo, pero nunca pretendió resolver el tema de los fueros.
La legislatura progresista en noviembre de ese mismo 1839 era disuelta por la regente María Cristina. Se provocaron las elecciones de diciembre que dieron el poder a los moderados, los cuales durante el año 1840 ejecutaron su programa conservador. La dimisión de la regente María Cristina le proporcionó a Espartero la oportunidad de ser presidente del gobierno provisional y luego la regencia del reino.
En este momento se manifestó el talante y el sentir profundo del referente político y nacional de Espartero. Aquel que durante diez años de 1815 a 1825 había luchado en América contra los independentistas de las colonias y que luego reprimiría con crueldad en 1842 la insurrección de Barcelona, expidió en Vitoria el día 29 de octubre de 1841 un decreto por el que quedaba virtualmente abolido el régimen foral. Quedaba claro cuál era el talante constitucional de Espartero.
La historia de las Provincias Vascongadas y de Navarra sabe que las ofertas de diálogo siempre vienen tras una derrota bélica o constitucional. Son ofertas para dar tiempo al tiempo. En efecto las tropas de Alfonso VIII tras sitiar durante tres meses la ciudad de Vitoria en 1200 y controlar militarmente todos los castillos guipuzcoanos, incorporaron estas tierras que eran parte del reino independiente de Navarra al reino de Castilla, aunque luego los reyes aceptaron como apaño político el reconocimiento de un teórico pactismo como institución inscrita en el Cuaderno foral de Gipuzkoa. Las tropas de Fernando el Católico conducidas por el duque de Alba en el verano de 1512, tras tomar el control militar e institucional de un reino independiente como Navarra, le ofrecieron en las Cortes de Burgos de 1515 una incorporación a Castilla ‘‘teóricamente’’ de igual a igual, pero en la práctica quedaron excluidos de sus bienes patrimoniales todos los vencidos agramonteses.
El discurso de Rodríguez Zapatero tras la victoria mayoritaria, pero no democrática, en la Cámara Baja del Parlamento español ya lo conocemos. Es de menor calado del de Espartero. Espartero reconoció los grados, empleos y sueldos de los militares carlistas vencidos, mientras que Rodríguez Zapatero y con él los victoriosos de la votación de la Cámara Baja no están dispuesto a admitir al juego de la democracia a todos los partidos políticos vascos. Rodríguez Zapatero como Fernando el Católico o como Espartero salvará fácilmente las apariencias de legalidad, ya que la mayoría de las Cortes está conforme con su pensamiento, como la mayoría de las Cortes españolas estaba conforme con el talante de Espartero ante la ley de 1839 o ante Fernando el Católico en las Cortes de Burgos de 1515.
Pero todos conocemos el talante y la actuación política de Espartero y de Fernando el Católico. No ofrecieron soluciones políticas sino que impusieron legal y militarmente sus decisiones. Rodríguez Zapatero siguiendo los ejemplos anteriores ha comenzado imponiendo sus soluciones legales. Aún le quedan las opciones constitucionales de la supresión del régimen autonómico como sus antecesores suprimieron las instituciones forales. Aún le queda a Rodríguez Zapatero el envío del ejército español o el llevar a los tribunales al lehendakari si pretende hacer un recuento de la opinión de los vascos.
Ahora nos toca ayudar a marcar el camino de la actuación de Zapatero tras la victoria legal. La demostración de la voluntad política de solución únicamente puede venir por el camino señalado y nunca ejecutado del artículo segundo de la ley del 25 de octubre de 1839 cuando afirmaba: «El Gobierno, tan pronto como la oportunidad lo permita y oyendo antes a las Provincias Vascongadas y Navarra, propondrá a las Cortes la modificación indispensable que en los mencionados fueros reclame el interés de las mismas, conciliado con el general de la Nación y de la Constitución de la Monarquía».
No queda otro camino político para dar solución al laberinto vasco que la conformación de la anunciada, olvidada, desechada y nunca ejecutada comisión. Una comisión paritaria que por utilizar palabras constitucionales adecue los derechos históricos a la unidad de la monarquía. |
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