Poco más de 6.000 euros La jubilación más baja será la de menores de 60 años sin cónyuge
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La pensión mínima de jubilación para las personas de 65 o más años con cónyuge a su cargo será de 7.813,12 euros anuales en 2006, mientras que para los beneficiarios menores de esa edad será de 7.301,84 euros.
De acuerdo con el articulado del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado, si la persona jubilada tiene 65 o más años y carece de cónyuge tendrá una pensión mínima de 6.449,10 euros, mientras que será de 6.009,08 euros si no ha cumplido esa edad.
Las prestaciones mínimas para las personas con invalidez permanente absoluta y que tengan cónyuge a cargo se elevarán a 7.813,12 euros, mientras que si no lo tienen, la cuantía será de 6.449,10 euros.
En los supuestos de gran invalidez, con incremento del 50 por ciento, la percepción mínima será de 11.719,68 euros anuales para los pensionistas con cónyuge, y de 9.673,72 euros, para los que no tengan esposa o esposo a su cargo.
Los titulares de incapacidad permanente total con 65 o más años y cónyuge a cargo tendrán una pensión mínima de 7.813,12 euros, en tanto que los que carezcan de cónyuge percibirán 6.449,10 euros.
La prestación mínima por incapacidad parcial del régimen de accidentes de trabajo para mayores de 65 años o más y cónyuge a cargo se establecerá en 7.813,12 euros, y en 6.449,10 euros, si no lo tienen.
Las pensiones de viudedad para las personas mayores de 65 años ascenderán a 6.449,10 euros anuales, que bajarán hasta los 6.009,08 euros para los perceptores entre 60 y 64 años, y a 4.795,14 euros, para menores de 60 años, cuantía que será de 6.009,08 euros si con esa edad tienen cargas familiares.
En las pensiones de orfandad, la ayuda por beneficiario se fija en 1.949,64 euros al año, cantidad que se eleva a 4.795,14 euros para la orfandad absoluta, a repartir entre los distintos perceptores.
Las prestaciones en favor de la familia serán de 1.949,64 euros anuales por beneficiario, aunque se elevarán a 5.019 euros si sólo hay un receptor mayor de 65 años y a 4.725,56 euros si es menor de esa edad. En el caso de que haya varios beneficiarios, el mínimo asignado a cada uno de ellos se incrementará en el importe que resulte de prorratear 2.845,50 euros entre todos.
La cuantía de las pensiones del extinguido Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez queda fijada en 4.516,54 euros anuales y el importe que recibirá un pensionista durante el año 2006 no podrá superar los 2.202,31 euros mensuales, sin perjuicio de las pagas extraordinarias, con el mismo límite.
Los beneficiarios que no perciban ingresos de trabajo o de capital por encima de los 6.244,98 euros tendrán derecho a recibir un complemento, hasta alcanzar la cuantía mínima de las pensiones.
Para 2006, la cuantía de las pensiones de jubilación e invalidez de la Seguridad Social, en su modalidad no contributiva, se fijará en 4.123,98 euros. |