El Gobierno español ha propuesto a los agentes sociales el establecimiento de un permiso de paternidad, individual, voluntario e intransferible, que podría ser de diez días completos de descanso o bien de dieciocho, de los que dos serían de libranza y en el resto habría que trabajar media jornada. Así se lo transmitió ayer a los sindicatos y a la patronal el secretario general de Empleo, Valeriano Gómez, en una nueva reunión sobre la reforma laboral, en la que les entregó el borrador del anteproyecto de Ley de Medidas de Igualdad.
Además, el permiso empezaría a contar desde el nacimiento del hijo y no desde el fin de la baja maternal, como fue planteado en un principio. El coste para la Seguridad Social de este nuevo permiso rondará los 200 millones de euros anuales, aunque todo depende del volumen de padres que se acojan al mismo, según explicó el secretario general de Empleo.
Gómez insistió en que esto es, de momento, una propuesta, pues la intención del Gobierno socialista es consensuar estas medidas con los agentes sociales antes de dar vía libre a esta norma. En principio, el Ejecutivo quiere aprobarla en el mes de marzo, preferiblemente con acuerdo social. De momento, sindicatos y empresarios se tomarán su tiempo para analizar el contenido del anteproyecto, del que sólo les ha sido entregado la parte laboral del mismo.
Además, y según explicó el secretario general de Empleo, en este borrador se reconoce un derecho «genérico» al trabajador para adaptar su jornada laboral y posibilitar así una mejor conciliación de la vida laboral y familiar. Dicho derecho deberá ser ejercido en los términos que establezcan los convenios colectivos.
Actualmente, el Estatuto de los Trabajadores reconoce el derecho individual del trabajador a reducir su jornada en determinados casos, como la maternidad. Con este nuevo derecho «genérico», los trabajadores podrían disfrutar de horarios flexibles de entrada y salida o reducir el periodo mínimo de excedencia voluntaria, dependiendo siempre de lo pactado en convenio.
Vacaciones de las madres
El texto señala también que cuando el periodo de vacaciones de la empresa coincida con una incapacidad temporal por causa de embarazo, parto o lactancia o con el disfrute del permiso por nacimiento de hijo, el trabajador tendrá derecho a disfrutar de las vacaciones en fecha distinta. Se recoge así la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que en una reciente sentencia estableció que las empresas que fijan obligatoriamente las vacaciones de sus trabajadores en un determinado mes, están obligadas a permitir que las mujeres que acaben de tener un niño puedan disfrutar de sus vacaciones cuando deseen, haciéndolas compatibles con el periodo de baja por maternidad.
También se establece en este anteproyecto que para acceder al subsidio por maternidad deberá acreditarse un periodo mínimo de cotización de 180 días dentro de los siete años inmediatamente anteriores al parto (ahora son cinco años). Las trabajadoras que reúnan todos los requisitos, salvo la cotización necesaria, tendrán derecho a una prestación sustitutiva y no contributiva, cuya duración será de 42 días naturales a contar desde el parto.
El borrador recoge otras medidas dirigidas a fomentar la igualdad. En los convenios colectivos que afecten a más de 250 trabajadores, las empresas estarán obligadas a negociar con los sindicatos un plan de igualdad o un conjunto de medidas dirigidas a promocionar y fomentar la igualdad entre hombres y mujeres. Aunque la obligación de negociar, no implicará resultados concretos. |