EL TRIBUNAL SUPREMO afirma en la sentencia en la que establece que el preso de ETA Henri Parot deberá cumplir íntegramente una pena de 30 años de prisión que ‘‘carecería de cualquier lógica’’ que, por la acumulación de condenas, ‘‘significase punitivamente lo mismo cometer un asesinato que 200’’.
La sala de lo penal del TS, que hizo pública ayer la sentencia, señala que el límite de 30 años de cumplimiento efectivo que recogía el antiguo Código Penal ‘‘no se convierte en una nueva pena distinta de las sucesivamente impuestas al reo ni en otra resultante de todas las anteriores’’, si no que representa ‘‘el máximo de cumplimiento del penado en un centro penitenciario’’. |