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25-05-2006
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Un grupo de jóvenes practicando el botellón en la Plaza Nueva de Bilbao, acompañado la velada con guitarras y percusiones, en una fotografía tomada hace varios meses. Javi García
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La Policía municipal impedirá el botellón si lo practican menores o si molesta a los vecinos
Bilbao se convertirá en la primera ciudad vasca que contará con una ordenanza para evitar el botellón
Olga Sáez Bilbao
LA POLICÍA MUNICIPAL impedirá el botellón si quienes lo practican son menores de edad o causan perjuicios a los vecinos. De este modo, Bilbao se convierte en la primera capital vasca que regulará esta nueva moda después de que ayer el consejo de Gobierno municipal aprobara con la unanimidad de todos los grupos la nueva ordenanza que previsiblemente entrará en vigor en octubre.

Tras las aportaciones de todos los grupos políticos, la ordenanza que se aprobó ayer amplía su actuación a toda la ciudad y no sólo a la Plaza Nueva como se estipuló en un primer borrador. Otra de las modificaciones se refiere al número de personas a partir de las cuales se considera botellón. La ordenanza no fija un número concreto y recoge que se entiende como "práctica del botellón" la concentración de un número significativo de personas consumiendo bebidas, preferentemente alcohólicas (no procedentes de locales hosteleros) en la calle o espacios públicos.

Queda al arbitrio de la Policía Municipal determinar cuándo el número es significativo para que se prohíba y cuándo las molestias están perjudicando la convivencia ciudadana. Así, queda especialmente prohibida la ‘‘práctica del botellón’’ cuando pueda alterar gravemente la convivencia ciudadana. Esta alteración se produce cuando, con independencia del número de personas concentradas, la naturaleza del lugar público invite a la aglomeración de éstos. O, cuando como resultado de la acción del consumo, se pueda deteriorar la tranquilidad del entorno o provocar en él situaciones de insalubridad. La ordenanza establece también la prohibición cuando el consumo se exteriorice en forma denigrante para los viandantes o demás usuarios y cuando los lugares en los que se consuman bebidas alcohólicas se caractericen por la afluencia de menores o la presencia de niños y adolescentes.

Según explicó la concejala de Urbanismo, Julia Madrazo, «nos importa la salud de las personas menores de edad y que no se perturbe la convivencia de los vecinos». Estos dos son los principales aspectos que se pretenden abordar con la elaboración de esta ordenanza.

Con sentido común

Madrazo explicó que la Policía Municipal actuará con sentido común para intervenir cuando lo crea conveniente en función de la distorsión que esté produciendo un grupo. En este sentido, y puesto que el propio alcalde señaló recientemente que Bilbao tampoco tenía efectivos suficientes para actuar en toda la Villa, Madrazo precisó que la aplicación de la ordenanza se hará «siguiendo el criterio de la Policía Municipal para determinar los lugares más afectados».

La ordenanza pretende dar respuesta a la importante demanda de intervención municipal que viene solicitando la ciudadanía, determinándose la prohibición de la práctica del botellón por ser perjudicial para la salud pública, sobre todo de los menores, y gravemente molestas para el vecindario las consecuencias derivadas de su práctica, además de dañar el espacio o entorno donde se produce.

El texto reseña que compete a la administración, en su función de policía, el evitar comportamientos incívicos en perjuicio grave de los ciudadanos, cuando éstos no tienen el deber jurídico de soportarlos y que se pueden paliar regulando la actividad de los usuarios de las vías públicas para garantizar que el ejercicio de un derecho por parte de un sector de la población, no menoscabe los derechos de los vecinos de las zonas afectadas.

Reconoce la ordenanza que son varios los lugares afectados por estos compartimientos, siendo especialmente grave la situación en la zona del Casco Viejo, donde existen diferentes lugares en los que se producen este tipo de asentamientos de manera periódica y reiterada, preferentemente durante los fines de semana, viéndose los vecinos de estas calles en la obligación de soportar continuos y graves perjuicios, como acumulación de grandes cantidades de residuos, ruidos insoportables, dificultad para transitar y acceder a sus viviendas y también graves daños en bienes públicos y privados, siendo en ocasiones de indudable valor histórico.

La ordenanza basa su argumentación legal en el Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales donde se establece que los ayuntamientos pueden intervenir en las actividades de sus administrados, en el ejercicio de la función de policía, cuando existiera perturbación o peligro de perturbación grave de la tranquilidad, salubridad o moralidad ciudadana, con el fin de restablecerlos o conservarlos. Además establece la potestad de establecer infracciones y sanciones mediante Ordenanza Municipal.
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