EL CONGRESO aprobó ayer la ponencia sobre el proyecto de ley que establece que en la publicidad de productos como los billetes de avión conste el precio final, prohíbe los redondeos al alza en telefonía y aparcamientos y facilita darse de baja de un servicio general.
La Comisión de Sanidad y Consumo aprobó el informe de la ponencia de la Ley de Mejora de la Protección de los Consumidores y Usuarios, que pasa directamente al Senado y que entrará en vigor dos meses después de su aprobación definitiva.
El texto aprobado ayer en Comisión equipara las cláusulas abusivas a las prácticas abusivas, legitima a las autoridades de Consumo para llevar a cabo las acciones de cesación que crea oportunas y regula las asociaciones de consumo.
Según la norma, los contratos de prestación de servicios deben contemplar expresamente el procedimiento para darse de baja, que debe ser igual de fácil que de darse de alta, 'sin sanciones, pérdidas de las cantidades abonadas por adelantado o pago por servicios no prestados', señala la norma.
El texto de la ponencia incorpora al texto original que en toda información que ofrezca una compañía sobre el precio de bienes o servicios, incluida la publicidad, debe facilitarse el precio final completo, desglosando, en su caso, el importe de los incrementos o descuentos que se apliquen, los gastos que se repercutan y los gastos por servicios adicionales.
También recoge una enmienda de CiU para que las oficinas y servicios de información y atención al cliente telefónicos garanticen una atención personal directa, más allá de otros medios técnicos como el interlocutor electrónico.
Por lo que respecta a los aparcamientos, éstos deberán cobrar por minutos empleados y entregar al usuario un justificante o resguardo con el día, hora y minuto de entrada.
Los aparcamientos que operan en régimen de concesión administrativa tienen ocho meses de plazo para adecuarse a la norma y el resto cinco, según recoge una de las enmiendas transaccionales.
En el apartado de vivienda, la norma garantiza la libertad de un comprador para no subrogarse a la hipoteca del vendedor de una vivienda, impide el traslado de plusvalías al comprador y considera abusivas las cláusulas que establecen que éste debe asumir los gastos de conexión a los servicios generales. |