Casi ninguno estaba loco (sólo el 5,5% presentaba algún trastorno), apenas habían bebido (3%) y tampoco drogado. Las características que sí predominan en los hombres que mataron a sus parejas entre 2001 y 2005 son la «extraordinaria brutalidad» con la que cometieron sus actos y la cobardía con la que acecharon a la víctima cuando «se encontraba en situación de indefensión». Un hombre normal y corriente cargado de machismo, ese es el retrato robot de la mayoría de los 147 condenados por asesinato y homicidio por los tribunales del Estado español, que ahora el Consejo General del Poder Judicial recoge un un estudio pionero .
Del análisis de las sentencias condenatorias se desprende también que entre los autores del crimen predomina la franja de edad de entre 30 y 45 años, muchos de ellos padres de familia (64%), que no dudaron en matar a su pareja sentimental delante de los niños (en el 12,6% de los casos).
Y aunque demostrar arrepentimiento o confesión puede suponer una circunstancia atenuante en una pena de entre 15 y 25 años, sólo el 32% pidió perdón o reconoció los hechos.
La mayoría de las sentencias (64%) califican los hechos de asesinato, figura jurídica que implica alevosía y ensañamiento, mientras que el 34% fueron redactadas como homicidio y en un 2% como homicidio imprudente. Las armas utilizadas en el crimen dan pistas sobre la brutalidad de la ejecución: cuchillos, objetos punzantes y cuerdas y manos (ahogamiento).
Tres de cada cuatro víctimas eran esposas o parejas (de hecho el 74,5%), mientras que una de cada cuatro ya había decidido romper la relación (26,9%). Las que todavía seguían manteniendo el noviazgo, apenas interpusieron denuncias previas que pudieran alertarlas sobre el peligro al que estaban sometidas. Aunque cabe la posibilidad, matiza el CGPJ, que «aún percibiendo los riesgos, no denunciaran los hechos por muchos otros factores». De entre las 17 conclusiones que enfatiza el estudio, promovido por la presidenta del Observatorio contra la violencia doméstica y de género y vocal del CGPJ, Montserrat Comas, aparece una «justificación» sobre las últimas reformas legislativas, dado que en la mayoría de las sentencias analizadas no se han impuesto penas accesorias más allá de la prisión, como la prohibición de acercarse o comunicarse con los familiares de la víctima e inhabilitar la patria potestad sobre sus hijos. |