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08-02-2007
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El TSJA admite un recurso contra el referéndum sobre el Estatuto andaluz
Pero no acepta la suspensión cautelar y da plazo a la Junta hasta después del 18
E. P. Sevilla
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha admitido a trámite un recurso contencioso administrativo que pide la «suspensión inmediata» de la celebración del referéndum sobre la propuesta de reforma del Estatuto de Autonomía de Andalucía el próximo 18 de febrero, presentado por el Partido Social Europeo (SE), una formación política con dos años de vida, que argumenta "graves defectos de forma" en dicha convocatoria. Sin embargo, la admisión a trámite no ha aceptado la petición de suspensión cautelar del referendum e incluso el TSJA ha dado a la Junta de Andalucía veinte días de plazo, es decir, hasta después del día 18, fecha de la consulta, para remitir la documentación pertinente.

El recurso fue presentado el viernes por lo contencioso administrativo contra el decreto 2/2007 de 16 de enero por el que se somete a referéndum el proyecto de reforma del Estatuto de Andalucía porque, a su juicio, no se ajusta "al actual marco jurídico español". En concreto, tal y como el PSE había hecho con el Estatut catalán, señaló que a dicha convocatoria le falta la firma del Rey de España, necesaria para celebrar consultas de este tipo, según el artículo 3 de la Ley Orgánica 2/1980 reguladora de las distintas modalidades de referéndum.

Sin embargo, un portavoz de ese partido precisó que «no vamos sólo contra las formas del referéndum» sino también «contra lo que para nosotros es más importante, el fondo del nuevo Estatuto, que contiene ciertos aspectos morales con los que discrepamos, como las referencias a la muerte digna, la enseñanza laica o la concesión de los mismos derechos que tienen los matrimonios tradicionales a las parejas de hecho».

El PSE demanda en su recurso, que el TSJA "acuerde, como medida cautelarísima, la suspensión inmediata" del referéndum, algo que sin embargo no ha hecho el alto tribunal andaluz.

Por contra, e TSJA ha requerido a la Presidencia de la Junta para que "remita el expediente administrativo en forma y plazo", que se fija en 20 días desde que la comunicación judicial tenga entrada en el registro, es decir, después del referendum.
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