BILBAO. El titular del juzgado que tramita la demanda interpuesta por el arquitecto Santiago Calatrava contra el Ayuntamiento de Bilbao por la colocación de una pasarela adosada a un puente diseñado por él, considera que la obra del valenciano puede ser protegida por la Ley de Propiedad Intelectual (LPI). De esta manera, el titular del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao, Edmundo Rodríguez Achutegui, rechaza en un auto la pretensión del consistorio de la Villa que consideraba que esa obra no estaba sujeta a protección por esta norma y pedía que la demanda pasara a tramitarse por un juzgado de lo contencioso-administrativo.
El magistrado afirma que de la citada ley se desprende que la "protección abarca cualquier creación original, sea cual sea su soporte, que merezca ser amparada, por constituir una creación intelectual digna de serlo por su originalidad". Además considera que no se "aprecia impedimento para incluir un objeto arquitectónico, en este caso un puente, dentro del concepto legal contenido en el artículo 10.1 de la LPI", ni para que la pasarela de Calatrava pueda "considerarse una creación artística original".
El juez rechaza la literalidad planteada por el Consistorio, que insiste en que el amparo de dicha ley sólo incluye a los proyectos, planos, maquetas y diseños de obras arquitectónicas y de ingeniería, por lo que las obras ya terminadas, como el caso de la pasarela Zubi Zuri, no estaría incluida. Achutegui afirma que "parece extraño sostener que la ley ampara los planos, maquetas y diseños de una obra arquitectónica y, sin embargo, no hace lo propio con la obra arquitectónica ya erigida". "La ley no puede entenderse de modo tan restrictivo como apunta la parte demandada (el Ayuntamiento), amparando lo menos importante y dejando desprotegido lo esencial, la obra arquitectónica construida", añade el juez.
Además, rechaza que el carácter público de la obra impida que pueda merecer la consideración de una obra artística o plástica. "Es perfectamente compatible el uso público de la pasarela ideada por el demandante con los derechos de autor que le asisten", dice el juez, quien matiza que en este caso "no hay en juego ninguna norma administrativa ni de planeamiento urbanístico".
El magistrado no valora si se ha producido o no vulneración de los derechos morales del arquitecto, ya que lo que ahora se está dirimiendo es la competencia o no de su juzgado para continuar con la demanda. Así, reafirma la competencia de su juzgado para continuar con la demanda y rechaza la pretensión tanto del Ayuntamiento como de las promotoras Lariam 95 S.L., y Vizcaína de Edificaciones S.A. -también demandadas-, que se unieron a la petición del consistorio.
Calatrava demandó al Ayuntamiento de Bilbao porque las obras de extensión de la pasarela que él diseñó atentaban contra el derecho moral de su propiedad intelectual. En su demanda pide una indemnización de tres millones de euros o el derribo de la pasarela construida por Isozaki que une el puente de Calatrava con Isozaki Atea. >EFE |