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31-07-2007
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Se reconoce el derecho a fumar de un trabajador
Un juez de Iruñea admite el derecho a salir del recinto laboral en su descanso.
iruñea. El Juzgado de lo Social número dos de Iruñea ha estimado la demanda de un trabajador de una empresa de ultracongelados de Cortes al reconocerle su derecho a salir del recinto laboral durante el descanso diario del bocadillo para fumar.

La sentencia recoge que el demandante, trabajador de la empresa, durante el tiempo del desayuno abandonaba el recinto y salía del mismo a fumar, "obviando" la orden empresarial. Esta empresa tras la aprobación de la ley 28/2005 que entró en vigor el 1 de enero de 2006, prohibió a sus trabajadores fumar en todo el recinto de la empresa. El demandante, con jornada continuada de ocho horas, es un fumador habitual, motivo por el cual salía del recinto pese a las sanciones y amonestaciones, las cuales, no obstante, fueron "siempre desestimadas". Sin embargo, la sanción que se le impuso de 27 días de suspensión de empleo y sueldo la tuvo que cumplir el operario al no impugnarla en su día. Por ello el trabajador interpuso la demanda, que solicitaba su derecho a salir del recinto durante el descanso. >efe
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