DEIA
Registro | Conectar
ULTIMA HORA EDICIÓN IMPRESA SUPLEMENTOS ESPECIALES CANALES SERVICIOS
17-10-2007
Herrialdeak Gizartea Iritzia Politika Mundua Ekonomia Kirolak Begira Telebista Azkena
REUNIÓN IBARRTEXE - ZAPATERO
El 'avispero' madrileño
El lehendakari no da por zanjada su iniciativa y sigue dispuesto a negociar antes y tras las elecciones
Rajoy respalda a Zapatero pero le reprocha su tibieza en la respuesta
Zapatero se aferra a la 'ilegalidad': "Lo que no se puede hacer no se va a hacer y no se hará"
Gestos diferentes para distintas etapas y ciclos políticos
Ni la Constitución ni el Estatuto regulan la consulta que plantea el lehendakari
Ni la Constitución ni el Estatuto regulan la consulta que plantea el lehendakari
Ibarretxe destaca que andalucía y catalunya sí pueden realizarlas y sin cambios constitucionales.
a. a.
madrid. La supuesta ilegalidad de la consulta habilitadora que plantea el lehendakari con el respaldo de los partidos del tripartito y Aralar fue el argumento central que utilizó ayer Zapatero para cercenar el futuro de la iniciativa. Sin embargo, el término más preciso para definir esa consulta sería el de alegal. Es decir, que no hay normas precisas que se refieran a ella ni en un sentido ni en otro.

Ni la Constitución ni el Estatuto de Gernika regulan esa modalidad de consultas. Hay que subrayar que el lehendakari no plantea un referéndum, vía apropiada para reformar los textos constitucionales o los estatutos de autonomía. El jefe del Ejecutivo vasco propone una consulta habilitadora -preguntar a la sociedad-, para que la ciudadanía envíe un doble mandato. Por una parte, al Gobierno español y a ETA para que inicien un proceso de diálogo -siempre que se den las condiciones establecidas en el Congreso de los Diputados en 2005- y, por otra, a todas las fuerzas políticas para que emprendan un proceso negociador para alcanzar un acuerdo de normalización política.

La Constitución, en sus artículos 92 y 149.1.32, establece que será el rey quien convoque el referéndum a propuesta del presidente del Gobierno, previa autorización del Congreso. La Ley Orgánica 2/1980 regula las distintas modalidades del referéndum.

comparación Los estatutos de autonomía de Catalunya y Andalucía recogen la competencia de sus gobiernos autonómicos para convocar una consulta y, como recordó ayer el lehendakari, la inclusión en ambos textos de esta facultad de forma explícita "no ha supuesto ningún cambio constitucional". El máximo representante institucional vasco concluyó que si la Junta de Andalucía y la Generalitat ostentan esa competencia, por qué no la va a tener y poder emplear la Comunidad Autónoma Vasca.
PROMOCIONES  
8 RECIPIENTES AL VACÍO
Sácale más provecho a tus comida. Este 11 de enero primera entrega.
DISCOGRAFIA DE QUEEN
Toda la discografía de QUEEN en exclusivos CD libros, cada viernes con DEIA.
EMOCIÓNATE CON KARAJAN
DEIA te ofrece una edición especial con los conciertos más emblemáticos de Karajan.
14 OBRAS FUNDAMENTALES
Disfrute con DEIA cada sábado de la colección Alfred Hitchcock.
Más promociones...
Acerca de Deia Suscríbase al periódico DEIA Promociones Publicidad Contacto Mapa web Añadir a favoritos
© Editorial Iparraguirre  |  Aviso Legal  |  Privacidad
Enlaces recomendados: Apuestas Deportivas | Peluquerías | Pintores | Muebles de cocina | Casa rural | Apartahoteles | Informática | Pisos e imbobiliarias | Tiendas de deportes | Hogar y reformas | Electrodomésticos | Concesionarios | Traducción | Farmacias | Floristerías | Agencias de viaje | Psicólogos | Hoteles en Navarra | Piscinas | Seguros | Abogados | Trabajo | Hoteles en Madrid | Hoteles en Barcelona | Hosting |