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29-01-2008
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Absuelto un vecino de Iruñea porque la droga que tenía era para su cuadrilla
Fue interceptado con 34,66 gramos de cocaína que iba a compartir con unos amigos en una sidrería.
iruñea. La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Navarra ha absuelto a un pamplonés de 31 años de un delito contra la salud pública porque la droga que le fue incautada era para consumir junto con otros 37 amigos en una comida que iban a celebrar en una sidrería.

Los hechos se produjeron el 23 de abril de 2007, sobre las 19.15 horas, cuando viajaba como acompañante en un vehículo por la autopista A-15. Agentes de la Guardia Civil dieron el alto al turismo, y al "apreciar gran nerviosismo en el acusado, procedieron a su cacheo". Oculto en su pantalón, hallaron una bolsa negra de plástico con 34,66 gramos de cocaína, sustancia que hubiera alcanzado un valor en el mercado de 2438,81 euros; 1,31 gramos de resina de hachís, valorados en 5,973 euros; y 0,43 gramos de anfetamina, que valía 16,13 euros.

El procesado, según indica la sentencia, adelantó el dinero para "comprar las referidas sustancias para compartirlas con un grupo de amigos, consumidores, en una comida que iban a celebrar en una sidrería en los próximos días".

En el juicio, el Ministerio Fiscal pidió cuatro años de prisión y multa de 5.000 euros por un delito de tráfico de drogas; la defensa, la libre absolución. Sin embargo, la Audiencia considera que estos hechos "no son constitutivos de un delito de tráfico de estupefacientes". Señala que la valoración social de los actos de "consumo compartido entre adictos", siempre con carácter gratuito, "es la misma que la que puedan tener los actos en que esas personas pudieran consumir aisladamente".

En este sentido, subraya que se trata de una modalidad de consumo "en el que se descarta la posibilidad de transmisión a terceras personas, en el que no existe contraprestación y en el que se consume inmediatamente a la recepción en el lugar señalado para el consumo de todos". La sentencia destaca que en este caso no se aprecia "una vocación de tráfico ni un riesgo para la salud de terceros", pues el consumo "se iba a realizar entre consumidores que encargaron la cocaína, en una comida en una sidrería, lo que se acredita por la declaración de los testigos". >m.p.m.
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