Madrid. La Comisión Nacional de la Competencia (CNC) ha incoado expedientes sancionadores contra asociaciones de empresarios del sector alimentario por un posible pacto de precios, si bien parece improbable probar que hubo acuerdos explícitos. No obstante, se estima que podrían constituir prácticas contrarias al artículo 1 de la Ley de Defensa de la Competencia (LDC), es decir, que "podrían tener por objeto o efecto restringir, limitar o impedir la competencia".
Por ello, la CNC ha decidido incoar expediente sancionador a la Federación de Industrias Alimentarias y de Bebidas (FIAB) así como a diversas asociaciones dependientes de ésta, a la Organización Interprofesional de Avicultura de Carne de Pollo del Reino de España (Propollo) y contra la Organización Interprofesional del Huevo y sus Productos (Inprovo). También se ha incoado un expediente sancionador a la Asociación de Fabricantes de Pan del Principado de Asturias.
El artículo 1 de la LDC prohíbe "todo acuerdo, decisión o recomendación colectiva o práctica concertada o conscientemente paralela que tenga por objeto, produzca o pueda producir el efecto de impedir, restringir o falsear la competencia en todo o parte del mercado nacional". La vulneración de este artículo puede ser considerado infracción grave, con multa de hasta el 5% del volumen de negocio total de la empresa infractora en el ejercicio inmediatamente anterior al de la imposición de la multa, y muy grave, con multa de hasta el 10% del volumen de la infractora en el ejercicio inmediatamente anterior al de la imposición de la multa.
Si no es posible delimitar el volumen de negocios, las infracciones graves podrían ser sancionadas con multas de 500.001 euros a 10 millones y las muy graves con multas de más de 10 millones. |