gasteiz. Los juzgados vascos subastarán bienes por valor de más de dos millones de euros en los próximos dos meses. Fincas, pisos y vehículos, principalmente, componen el grueso de los embargos judiciales a los que puede optar cualquier ciudadano por precios realmente interesantes. Así, se puede pujar por una vivienda en la calle Los Herrán de Gasteiz desde 48.000 euros o por diferentes modelos de coches desde 300 euros.
Hasta finales de mayo, los juzgados de Gasteiz, Donostia, Bilbao, Balmaseda o Durango subastarán una docena de pisos, bajos y terrenos, además de 8 vehículos, lotes que son fruto de situaciones desagradables y que acaban por beneficiar a terceras personas.
En una época de incertidumbre económica, las subastas suponen una oportunidad de adquirir bienes a buen precio, aunque la concurrencia a este tipo de actos ha sido una constante desde siempre, abierta a personas especializadas en conocer al detalle las oportunidades que se esconden tras quiebras voluntarias, enajenaciones a menores o incapacitados, decomisos y abandonos. También la propia Administración opta en ocasiones por desprenderse de patrimonio. Un ejemplo llamativo fue la salida al mercado en 2006 de la casa cuartel de la Guardia Civil en Urkiaga, ejecutada por el Ministerio de Interior.
En la página del Departamento de Justicia del Gobierno vasco, www.justizia.net, figura toda la información necesaria sobre los bienes que los ciudadanos pueden adquirir a buen precio hasta finales de mayo.
Pisos en las calles Benito Guinea, Baiona, Juntas Generales o en la Avenida Juan Carlos I de Gasteiz; viviendas en Zalla o Zamudio; una furgoneta Citroën Jumper, un Hyundai Lantra o un Seat Ibiza, un terreno industrial en la capital alavesa o un bajo en la calle Urbieta de Donostia. Todo ello con precios de salida que, en el caso de las viviendas, oscilan entre los 48.000 euros mencionados en la calle Los Herrán, hasta los 360.000 de un piso en Bilbao. También se dan casos, como el de una vivienda en la calle Baiona de Gasteiz, en los que el precio de salida es de cero euros.
La legislación que regula las subastas judiciales, la Ley de Enjuiciamiento Civil, fue reformada en 2000, y establece que si se alcanza un 50% del precio en bienes muebles, o un 70% en bienes inmuebles, estos se adjudicarán al mejor postor. En el caso de que esa oferta se establezca a condición de que se pague a plazos, el ejecutante tiene unos días para mejorar la postura. Cuando las ofertas son inferiores a esos 50% y 70%, la víctima del embargo tiene prioridad de mejorar postura a través de un tercero.
La posibilidad de lograr el mejor precio pasa por ofrecer únicamente un 30% en bienes muebles y un 50% en bienes inmuebles, o incluso el importe de la deuda más intereses y costas. La dificultad estriba en que tanto el ejecutante como el ejecutado tienen mucha más facilidad para contraofertar.
Cuando un ciudadano se encuentra en un aprieto económico con el banco o la Administración, con la comunidad de vecinos o con un proveedor, estos acreedores pueden reclamar el embargo de todo tipo de bienes. Fincas, coches, pisos, naves, maquinaria industrial, licencias de taxi, joyas, prendas deportivas, prácticamente cualquier bien puede servir para saldar una deuda. Existen excepciones, pero se trata de los mínimos para garantizar un modo de vida digno al ejecutado o la fuente de ingresos con la que pueda saldar sus compromisos económicos. El deudor tendrá garantizado el cobro de su nómina, en caso de que no supere el Salario Mínimo Interprofesional, y los bienes de los que se sirva para desarrollar su actividad profesional.
Sólo existe una manera de evitar que los bienes muebles o inmuebles de un ciudadano pasen a otras manos cuando la amenaza del embargo pesa sobre su patrimonio, y esa solución es la más evidente: pagar. El candidato a ejecutado debe presentar la cantidad que reclama el ejecutante y los correspondientes intereses antes o durante el acto de requerimiento. |