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12-04-2008
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Retiran el carné de conducir un año al autor del atropello de los dos niños de Basurto
Una de las causas fue la "confusa señalización" de la zona, dice la juez.
No considera que la acción del joven sea un delito, por lo que no irá a la cárcel.
Bilbao. La titular del juzgado de lo Penal número 5 de Bilbao ha condenado a un año de retirada de carné de conducir y a una multa de 720 euros al joven de 25 años que en enero de 2006 atropelló mortalmente con su furgoneta a los hermanos Oihane y Aitor Aginako, de 7 y 4 años de edad, cuando estos cruzaban un paso de peatones en la avenida Montevideo, en el barrio bilbaino de Basurto.

El fallo señala como hechos probados que el día de los hechos, el conductor, "debido a la falta de atención a la conducción y a la confusa señalización existente en la zona, no se percató de que en ese momento varios peatones cruzaban la calzada a través del paso de cebra, centrando su atención en que el semáforo aéreo que creyó que regía se hallaba en fase verde, viendo limitada su visibilidad por una camioneta que acababa de detenerse bruscamente ante el paso para peatones". Asimismo, la sentencia expone que el conductor continuó su trayectoria "a la velocidad constante de entre 50 y 60 kilómetros por hora, hasta arrollar con su vehículo a los niños".

Por otra parte, la magistrada recuerda que poco después del accidente y con ocasión del mismo, por parte del departamento de Obras Públicas y Transportes de la Diputación foral de Bizkaia se procedió a la instalación de semáforos en el mismo paso de cebra, suprimiendo el que existía hasta entonces unos metros más allá, "sin que tal medida hubiera sido adoptada anteriormente, ni por la Diputación ni por el Ayuntamiento de Bilbao, pese a las múltiples y reiteradas quejas y reivindicaciones ciudadanas formuladas al respecto, dada la peligrosidad de la zona y la confusa e insuficiente señalización"

La sentencia condena al conductor como autor responsable de dos faltas de imprudencia leve con resultado de muerte, en concurso ideal, a la pena de dos meses de multa a razón de 12 euros la cuota diaria, con responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas, y un año de privación del derecho a conducir vehículo a motor y ciclomotor. Todo ello, con expresa imposición al condenado de las costas procesales causadas, con inclusión de las derivadas de la acusación particular.

Contra este fallo cabe interponer recurso de apelación ante el propio juzgado para su resolución por la Audiencia Provincial dentro de los diez días siguientes al de su notificación a las partes. >e. press/deia

La frase

"La ciudadanía valorará si la Justicia responde a sus expectativas"

kepa landa

Abogado de la acusación particular

La familia estudiará si recurre la sentencia

El conductor condenado eludió hacer valoración de la sentencia por estar afectado por el accidente y por sus "desastrosas consecuencia", mientras su defensa, en declaraciones se mostró "aliviada" por salvar las penas de cárcel que solicitaban el fiscal y la acusación particular, por lo que consideró el fallo "positivo" y adelantó que no lo recurrirá. Por su parte, el abogado de la acusación particular de la familia, Kepa Landa, se mostró disconforme con la decisión de la juez de no considerarlo delito y consultará con los padres de los niños fallecidos si recurre la sentencia. "La ciudadanía valorará si la Justicia responde a sus expectativas al considera lo ocurrido sólo como falta". Durante la vista oral celebrada el pasado martes, la Fiscalía y la acusación particular pidieron tres y cuatro años de cárcel, respectivamente, para el conductor por "homicidio imprudente". El condenado podrá obtener nuevamente un permiso de conducción una vez transcurridos 12 meses desde su privación, si previamente realiza con aprovechamiento un curso reeducación vial y posteriormente superase las pruebas determinadas reglamentariamente. >e.p.
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