DEIA
Registro | Conectar
ULTIMA HORA EDICIÓN IMPRESA SUPLEMENTOS ESPECIALES CANALES SERVICIOS
17-04-2008
Herrialdeak Gizartea Iritzia Politika Mundua Ekonomia Kirolak Begira Telebista Azkena
Atutxa, Bilbao y Knörr, durante el juicio que se siguió por estos mismos hechos en el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, y en el que fueron absueltos. Foto: R. zarrabeitia
MÁS INFORMACIÓN
Recurrirán ante el TC y pedirán que se paralice la ejecución de la sentencia
Politika
La dirección de EB rechaza la postura de su grupo en Arrasate pero se resigna a acatarla
Cinco de los doce magistrados no comparten las tesis del TS para condenar a Atutxa, Knörr y Bilbao
Urkullu aboga por sumar a la izquierda abertzale a la política
Juan Carlos I pide consenso en política antiterrorista, económica y exterior
López critica al lehendakari por no implicarse y le emplaza a pronunciarse a favor de la iniciativa
EA insta a cerrar la brecha entre el nacionalismo institucional y ELA
"¿Pero Berlusconi no es un delincuente?"
Egibar encabeza una concentración frente a simpatizantes de ANV
Prisión para el líder opositor guineano severo moto
Cinco de los doce magistrados no comparten las tesis del TS para condenar a Atutxa, Knörr y Bilbao
Aducen en cuatro votos particulares que se vulneran los derechos de los condenados al no aplicar esa jurisprudencia.
Amaia Artetxe
bilbao. Cinco de doce. Casi la mitad de los magistrados que componen el plenario de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo no comparten los criterios para condenar a los ex miembros de la Mesa del Parlamento vasco Juan Mari Atutxa, Kontxi Bilbao -aún lo es- y Gorka Knörr por no disolver el grupo parlamentario Sozialista Abertzaleak. Todos ellos coinciden en reclamar que en este caso también era de aplicación la denominada doctrina Botín y uno de ellos va más allá, al asegurar que con el fallo condenatorio "se han vulnerado los derechos fundamentales de un proceso con todas las garantías y se ha quebrado la presunción de inocencia".

Julián Sánchez Melgar, Luciano Valera Castro, Carlos Granados Pérez, Andrés Martínez Arrieta y Joaquín Giménez García, son los jueces de la Sala de lo Penal que suscriben esos votos particulares en los que se cuestiona la decisión adoptada por la mayoría del plenario del TS de no aplicar la mencionada doctrina. Una doctrina que nace de una decisión previa del propio Supremo en el caso de las cesiones de crédito del Grupo Santander y en la que se establece que no se puede abrir juicio oral sólo a instancias de la acusación popular -una situación análoga a la que se produjo con el caso Atutxa-. Los siete magistrados que opinan lo contrario aducen en la sentencia que, dada la naturaleza del delito de desobediencia, no existen perjudicados directos, por lo que no cabría la existencia de una acusación particular y, por tanto, dejar únicamente en manos de la Fiscalía la posibilidad de ejercer la acusación constituiría una postura limitativa de derechos.

lesionar derechos Este argumento -que ya adelantó DEIA al conocerse el fallo condenatorio hace tres meses- es el mismo que esgrimió el abogado de Manos Limpias en el transcurso de la vista oral, celebrada el pasado mes de enero. Entre las razones que los cinco magistrados discrepantes plantean para sostener su posición destaca la de que establecer la diferenciación entre ambos casos, el de Emilio Botín y Atutxa, Knörr y Bilbao, puede lesionar el derecho a la igualdad de trato de los ciudadanos ante la ley. En esta línea abunda el voto de Varela: "A los aquí juzgados se les ha atribuido una diversidad de criterio por circunstancias que no tienen la envergadura necesaria para determinar la diferencia de trato, lo que puede llegar a valorarse como lesión de un derecho fundamental de la Constitución".

Y también incide en ello el voto particular suscrito por Granados, Giménez y Martínez. Los tres magistrados indican en el mismo: "Los posibles imputados estarían en situación diferente según el delito imputado tuviese o no perjudicados, estando más expuestos a la acusación, precisamente en casos de inexistencia de perjudicados, lo que les convertiría en ciudadanos de peor condición".

no hubo delito Giménez emite un voto más -el cuarto- en solitario en el que, más allá de lo expresado sobre la doctrina Botín, considera que no hubo delito de desobediencia por parte de los condenados. También afirma que se ha producido un "conflicto entre poderes" -el Tribunal Supremo y el Parlamento vasco-, pero que la Cámara vasca "no protagonizó ninguna estrategia obstruccionista" y que los tres condenados han sido convertidos en "autores de un hecho ajeno, en el que no tuvieron dominio".

En cualquier caso, todas estas afirmaciones constituyen el razonamiento de cinco magistrados. La mayoría de la Sala de lo Penal decidió que sí cabía celebrar juicio y, en el transcurso del mismo, aseguran que quedó demostrado que sí hubo delito de desobediencia y que los tres imputados "descartaron de forma consciente y deliberada" disolver el grupo parlamentario SA.
PROMOCIONES  
COLECCIÓN HITCHCOCK
Disfrute cada sábado con las 14 obras fundamentales de Sir Alfred Hitchcock.
PORTÁTIL AIRIS
Sólo con DEIA este portátil a 0€ adquiriendo 36 meses de conexión a internet 3G.
EMOCIÓNATE CON KARAJAN
DEIA te ofrece una edición especial con los conciertos más emblemáticos de Karajan.
CÁMARA DIGITAL AIRIS
Captura tus mejores momentos con DEIA.
Más promociones...
Acerca de Deia Suscríbase al periódico DEIA Promociones Publicidad Contacto Mapa web Añadir a favoritos
© Editorial Iparraguirre  |  Aviso Legal  |  Privacidad
Enlaces recomendados: Peluquerías | Pintores | Muebles de cocina | Casa rural | Apartahoteles | Informática | Pisos e imbobiliarias | Tiendas de deportes | Hogar y reformas | Electrodomésticos | Concesionarios | Traducción | Farmacias | Floristerías | Agencias de viaje | Psicólogos | Hoteles en Navarra | Piscinas | Seguros | Abogados | Trabajo | Hoteles en Madrid | Hoteles en Barcelona | Hosting |