bilbao. La Audiencia Provincial de Bilbao ha absuelto a una mujer que fue condenada a un año de prisión por no cumplir el régimen de visitas a su hijo establecido con el padre del menor, al considerar el tribunal que el menor "expresaba su propia voluntad" cuando se negaba a ver a su padre.
La Audiencia aceptó un recurso de apelación interpuesto por la mujer contra la condena, en la que también se la inhabilitaba durante un año para el ejercicio del sufragio pasivo.
Según destaca el fallo de este recurso, el padre del menor interpuso sendas denuncias con motivo de las incomparecencias de la acusada en el punto encuentro los días 28 de marzo, 8 de abril y 17 de junio de 2006.
Los hechos probados de la sentencia recogen que las "visitas no se cumplieron por expresa y reiterada negativa" del menor "a relacionarse con su padre". Por ello, asegura la sentencia, no se observa en la madre "la voluntad de incumplir" el régimen de visitas establecido, "ni es de exigir a una madre un acto de fuerza (física o psíquica) para obligar a un adolescente a acudir en el modo descrito". >deia |