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Censura política
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Joseba Iñaki Sobrino
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vaya por delante que considero plenamente legítima la iniciativa de presentar una moción de censura contra la Alcaldesa de ANV de Arrasate. De entre los múltiples motivos, no todos confesables, que suelen justificar la decisión de unos concejales de colocar en la Alcaldía a persona distinta de la que había, el de la discrepancia respecto de su posición ante el asesinato cruel y bárbaro de un vecino, ex miembro de la Corporación para más inri, me parece de los más defendibles.
Censurar a alguien que no es capaz de condenar atrocidad semejante (y es irrelevante a estos efectos que no lo haga por creer en su inutilidad para avanzar en la solución del "conflicto", por "comprender" las razones de los asesinos, o por el evidente carácter simbólico de renegar de ETA que le quieren dar los adversarios políticos del batasunismo), me parece representar adecuadamente a la mayoría de ciudadanos de Arrasate que repudian la violencia en general y a la organización terrorista más específicamente. Y no solo es iniciativa legítima sino que puede ser muy oportuna para hacerle ver (y con ella a sus partidarios), que hay algo que nos separa y nos separará siempre mientras no se den cuenta de que entre nosotros no cabe amparar la violencia como instrumento de reivindicación política.
Sin embargo, la sucesión de acontecimientos en torno a la celebérrima moción, me ha suscitado diversas inquietudes que deseo compartir con ustedes, particularmente en torno a dos aspectos, el de la explicación que se ha dado para justificarla, y el intento de hacerla extensiva a todos los municipios en que gobierna ANV sin disponer de la mayoría absoluta.
Los promotores de la moción de censura la fundamentan en que es éticamente inadmisible que gobierne el municipio, por mucho que haya sido la candidatura que mayor respaldo obtuvo en las elecciones, alguien que mantiene una actitud como la de Inocencia Galparsoro. Pero cuando introducimos imperativos éticos en la cuestión de la legitimidad para gobernar, la cosa se nos empieza a complicar.
¿Está legitimado para ocupar puestos de representación popular quien ostentaba durante el periodo en que se cometieron los crímenes del GAL, la jefatura política y administrativa de quienes fueron condenados por asesinatos múltiples, por más que en su caso los tribunales correspondientes no hayan considerado acreditada responsabilidad criminal alguna? ¿Lo está quien fue denunciado por agredir a su propia pareja paraguas en ristre? ¿Y quien fue detenido por conducir bajo el influjo de bebidas alcohólicas e hizo presuntamente gala de su condición de representante público para amedrentar a los agentes?
No son hipótesis de laboratorio, sino casos a los que cualquier interesado en la política vasca pondrá inmediatamente cara y ojos. Y podemos imaginarnos otros, como el del empresario o administrador (aunque sólo sea miembro del Consejo) de una empresa en la que acontece un accidente laboral con resultado de muerte y algún grado de responsabilidad de la misma, o el de quien tiene que hacer frente a alguna contingencia fiscal, sea por dolo, ignorancia o imprudencia. Habrá respuestas diversas a todas estas cuestiones. No debemos olvidar que las conferencias episcopales de diversos países y el propio Vaticano han proclamado que no cabe éticamente para un católico emitir el voto a favor de candidatos u opciones que promuevan o toleren el aborto y han sido, en general, severamente criticados por ello.
Si no hay una ética compartida de forma cuasiunánime, intentar sustituir o complementar con ella el objetivo criterio de legitimación que representa el voto y que por ello ha sido constituido desde hace siglos en elemento y pilar central del sistema democrático, se convierte en fuente segura de conflictos inagotables, de imposible resolución además por órganos desinteresados de arbitraje, manifiestamente inexistentes.
Hay un segundo aspecto que redunda en el reproche que formulamos. Ya existe una ética alternativa, aunque sea de mínimos, en la que la mayoría democrática ha coincidido. Se llama Código Penal y establece entre sus sanciones la de inhabilitación para el sufragio pasivo (esto es, la que se dice perseguir con las mociones de censura), cuando se adoptan determinadas actitudes o se practican determinados comportamientos. Todas las reglas de conducta necesitan ser interpretadas, pero tiene el Código una doble ventaja, está escrito y cuenta con órganos especializados e independientes (ejem...) para su interpretación, los tribunales de justicia.
El camino de elaborar reglas éticas ad hoc tal vez pueda proporcionar frutos interesantes pero no es inocuo, tiene precio, y ciertamente caro. Si nos olvidamos de la norma jurídica en tales o cuales casos, estamos desvirtuando su eficacia, privándole de peso específico y obligando al ciudadano a realizar un innecesario análisis previo a la hora de situarse ante ella, el de ver si estamos ante uno de los casos en que se aplica. Miren ustedes que he manifestado en estas mismas páginas discrepancias con respecto a variadas normas estatales y escaso aprecio por el resultado de la actividad de la judicatura, y sin embargo ¡si seré escéptico en relación con la otra vía que me sigo agarrando a ese clavo ardiendo! A ningún aficionado al ciclismo habrá que ilustrarle sobre el peligro de que la hipocresía y el desprecio por los derechos fundamentales de las personas se traduzcan en códigos éticos.
Cuando de medida particular pasa a convertirse en estrategia general, el recelo se multiplica. Ya no estamos ante reproches individuales sino ante censuras colectivas. Ya no se trata de pronunciamientos de respuesta a acontecimientos concretos y singulares sino de medidas preventivas por si tales acontecimientos ocurren. Ya no se busca con ello la respuesta teóricamente demandada (que el alcalde condene el asesinato de un vecino ), sino que se impide precisamente que algunos lo puedan formular en calidad de tales, porque se prejuzga que todos serán como Inocencia. La exclusión, el apartheid político de quienes nos podrán parecer lo que nos parezcan pero no dejan de ser, en ausencia de resoluciones penales condenatorias, ciudadanos con iguales derechos que nosotros, queda a un paso. Y cuando la democracia excluye, pierde. Sólo cuando incluye gana. Y cuando incluso a quienes no creen realmente en la democracia o no lo hacen como nosotros se les priva de la oportunidad de emplear democráticamente una parte de sus energías, ¡no me quiero ni imaginar en qué pueden verse tentados a emplearlas! |
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