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Los diputados generales Agirre y Bilbao, con Zenarrutzabeitia. Foto: deia |
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El Concierto Económico se enfrenta a un examen decisivo en Luxemburgo
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Servirán al Tribunal de la UE para decidir si Euskadi puede fijar tipos impositivos distintos.
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Silvia Martinez
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BRUSELAS. La abogada general del Tribunal de Justicia de Luxemburgo, la alemana Juliane Kokott, presentará mañana jueves sus conclusiones sobre el encaje del Concierto económico vasco en la legislación comunitaria y sobre la posibilidad de que las haciendas forales de Bizkaia, Araba y Gipuzkoa puedan aplicar a las empresas con sede en sus respectivos territorios tipos impositivos más bajos que los vigentes en el Estado español. Su informe, que servirá de base para que los jueces europeos tomen una decisión y que será determinante para el futuro de la fiscalidad vasca, llega apenas dos meses después de la vista oral celebrada el pasado 28 de febrero en Luxemburgo, en la que se enfrentaron las instituciones vascas y la Comisión Europea.
El caso se remonta a la media docena de denuncias planteadas en 2006 por las comunidades autónomas de La Rioja y Castilla y León contra las medidas fiscales vascas y, concretamente, a las preguntas prejudiciales planteadas por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco un mes después de la publicación de la sentencia de las Islas Azores, en septiembre de 2006, que establece los criterios para que una entidad "infraestatal" como puede ser una región o una provincia puedan establecer tipos impositivos reducidos o una fiscalidad distinta en una parte del territorio de un Estado miembro. Un caso que las instituciones vascas entienden como un precedente para que Euskadi pueda seguir aplicando un impuesto de sociedad más bajo que en el Estado español sin que sea entendido como una ayuda de Estado ilegal.
Ayudas de Estado Además, a raíz de diversas decisiones contradictorias del Tribunal Supremo, el TSJPV quiere que la corte europea determine también si las medidas fiscales adoptadas por las haciendas forales en 2005 en relación con el impuesto de sociedades constituyen ayudas de Estado que deben ser comunicadas a la Comisión Europea o no. Estas medidas fijan un tipo impositivo inferior al aplicado en el Estado español y unas deducciones tributarias no contempladas en la estatal.
Concretamente, el órgano jurisdiccional vasco pretende que, de una vez por todas y para terminar con la sucesión de denuncias interpuestas en Bruselas contra las normas fiscales vascas, el Tribunal europeo se pronuncie sobre si medidas fiscales de este tipo, que afectan exclusivamente a un territorio en el que las tres haciendas forales son competentes, deben ser consideradas "selectivas" y por tanto comunicadas previamente a la Dirección General de la Competencia de la UE o no.
Las autoridades vascas esperan ahora que la abogada general primero y los jueces europeos después entiendan el caso de las islas Azores como un precedente y avalen la competencia de las haciendas forales vascas de establecer un impuesto de sociedades distinto al del Estado español. Una postura que durante la vista oral celebrada a finales de febrero pasado también fue apoyada por los representantes del Gobierno español, de Reino Unido e Italia en contra de los servicios jurídicos de la Comisión Europea, del Gobierno de La Rioja y del de Castilla y León que acusaron al País vasco de recibir subvenciones del Estado a través del Cupo para mitigar así las rebajas fiscales.
En la misma línea fuentes diplomáticas comunitarias insistieron ayer en que si el precedente de las Islas Azores "no se puede aplicar al País Vasco y Navarra no se podría aplicar a nadie en la Unión Europea". Asimismo, las mismas fuentes advirtieron también de que si el dictamen fuera favorable a la Comisión Europea y las comunidades de La Rioja y Castilla y León se crearía una situación "muy complicada tanto institucionalmente como políticamente" porque los servicios de la Competencia comunitarios tendrían que abrir investigaciones cada vez que las diputaciones y el Gobierno vasco aprobaran una norma fiscal distinta a la del Estado español.
Cabe recordar que las conclusiones del abogado general, una especie de fiscal del tribunal europeo, no tienen porque ser seguidas al pie de la letra por los jueces del Tribunal pero en la mayoría de los casos sí marcan la línea a seguir. Aunque no hay un plazo fijo para dictar sentencia la mayoría de los casos tardan en tramitarse entre año y medio y dos años. |
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